La desheredación de un hijo es un tema delicado en el ámbito del derecho sucesorio. Se refiere a la situación en la que un padre o madre decide excluir a uno de sus hijos de su testamento, dejándolo sin derecho a heredar ninguna parte de su patrimonio. Aunque es un derecho reconocido por la ley, su uso debe ser cuidadosamente considerado y justificado.
¿Qué es la desheredación de un hijo?
La desheredación de un hijo es una decisión tomada por un padre o madre mediante testamento, en la que se excluye a uno de sus hijos de heredar cualquier parte de su patrimonio. Esta decisión puede ser tomada por cualquier progenitor, siempre y cuando sea capaz de otorgar testamento y tenga al menos un hijo.
¿Causas de desheredación de un hijo?
Las causas de desheredación están tasadas por ley y no podrá desheredarse a ningún descendiente por una causa distinta a las reconocidas legalmente.
Las causas que el Código Civil establece para que se pueda desheredar de un legitimario son las siguientes:
1. Condenado por Sentencia Firme
Si el descendiente ha sido condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida del progenitor.
2. Condenado por Pena Grave
Que el hijo esté condenado a pena grave por haber causado lesiones o haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al padre o madre.
3. Condenado por sentencia a progenitores, cónyuges o persona unida
Se podrá desheredar al hijo que fuera condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual de su padre o madre, el cónyuge o la persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad de su progenitor o alguno de los descendientes o ascendientes de sus padres.
Asimismo el hijo condenado por sentencia firme a pena grave por haber cometido un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia de la persona víctima de los hechos que motivaron la condena también podrá ser desheredado.
También el hijo removido del ejercicio de la curatela de una persona con discapacidad por causa que le sea imputable, respecto de la herencia del mismo.
4. Delito por Pena Grave
Si el hijo ha denunciado a su progenitor por un delito que conlleve una pena grave si posteriormente él ha sido condenado por denuncia falsa.
5. Denuncia por muerte violenta
El hijo mayor de edad que, tras conocer la muerte violenta del testador, la hubiese denunciado en el plazo de un mes. La excepción a esta norma se da cuando las actuaciones judiciales se inician de oficio y no se requiere denuncia.
6. Testamento bajo amenazas
El hijo que ha obligado a su progenitor a hacer testamento o a modificarlo mediante amenazas, fraude o violencia.
7. Impedimento de hacer o modificar el Testamento
El hijo que mediante cualquier medio impidiese hacer testamento o modificarlo a sus progenitores.
8. Falta de atención
Si el progenitor tiene discapacidad será causa de desheredación si el hijo no le ha prestado las debidas atenciones reguladas por ley.
9. Negación de Alimentos
Será causa de desheredación negar los alimentos, sin motivo justificado, al padre o madre fallecido.
10. Injuriado al Progenitor
Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al progenitor fallecido.
Procedimiento para desheredar a un hijo.
Para desheredar a un hijo, el padre debe otorgar un testamento en el que se especifique la desheredación y se justifiquen las causas. Este testamento debe ser otorgado ante notario y cumplir con los requisitos legales necesarios para su validez.
Requisitos para poder desheredar a un hijo:
Para poder realizar el procedimiento de desheredación que acabamos de describir es necesario cumplir los requisitos especificados en el Código Civil:
- La desheredación solo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde. La excepción a esta norma son las causas de indignidad para suceder en las que se presume que el testador habría excluido a su hijo de la herencia de haber tenido noticia de los hechos que producen la causa de desheredación en vida. Por ejemplo, es imposible desheredar a un hijo por atentar contra la vida de su progenitor si lo mata o si la sentencia por un delito de lesiones que da pie a la desheredación es posterior a la fecha de la muerte del testador.
- Solo pueden hacerla los progenitores con capacidad para testar.
- Solo se puede desheredar a un heredero forzoso (insertar hipervínculo al blog de legitimarios).
- Se debe designar con claridad al hijo que se deshereda.
- Se debe expresar la causa legal en la que se funda la desheredación.
Plazo para impugnar la desheredación.
La desheredación puede ser impugnada por el hijo desheredado en un plazo de cuatro años que se contará desde que se abre la sucesión y puede ser conocido el contenido del testamento.
Recibe asesoramiento en materia de Derecho sucesorio.
La desheredación de un hijo es una decisión delicada y debe ser cuidadosamente considerada a fin de evitar que el día de mañana el hijo desheredado decida recurrir la desheredación ante la Justicia, por eso en DUX ABOGADOS nos encargamos de revisar todos los hechos y de ofrecer asesoramiento a fin de garantizar que las desheredaciones se hagan conforme a ley para no provocar que las personas que hemos designado como herederas se vean abocadas a un complejo procedimiento judicial.
Igualmente, en caso de tener que recurrir ante la Justicia, nos encargaremos de la defensa gracias a los numerosos pleitos en DUX ABOGADOS.