Delito de Quebrantamiento de Condena. Lo que necesitas saber.

¿Quieres saber todo lo que necesitas conocer acerca del delito de quebrantamiento de condena? En este artículo te lo explicamos.

El Quebrantamiento de Condena es un delito que se encuentra regulado en el Código Penal español, y que se refiere a la violación de una medida cautelar o de una condena impuesta por un juez o tribunal. Esta infracción puede tener graves consecuencias para el infractor, como la imposición de multas o, incluso, la prisión. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este delito y su relación con la orden de alejamiento.

¿Qué es el Quebrantamiento de Condena?

El Quebrantamiento de Condena es un delito que se produce cuando una persona incumple las medidas cautelares o la condena impuesta por un juez o tribunal. Estas medidas pueden incluir, entre otras, la prohibición de acercarse a una persona o lugar determinado -lo que se conoce como orden de alejamiento-, la obligación de realizar una actividad o la prohibición de realizar determinadas acciones.

El Código Penal establece que este delito se castigará con la pena de prisión de seis meses a un año si la condena que se incumple es una pena privativa de libertad. Si la condena es otra medida, la pena será de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.

Requisitos para el delito de Quebrantamiento de Condena.

Para que se produzca el delito de Quebrantamiento de Condena, deben cumplirse una serie de requisitos.

  1. Existencia de una resolución judicial.
  2. Que la resolución judicial haya sido notificada al infractor.
  3. Existencia de ánimo de quebrantamiento o dolo: es frecuente que cuando hay una orden de alejamiento dos personas se encuentren por la calle, en este supuesto si la persona que tiene la orden de alejamiento se aleja de la otra evitando el contacto no estaría cometiendo este delito por incumplir la orden de alejamiento.

Prescripción del delito de Quebrantamiento de Condena.

Al igual que ocurre con otros delitos, el delito de Quebrantamiento de Condena puede prescribir con el tiempo. En concreto, la prescripción del delito prescribe a los cinco años de haberse cometido, de forma que si ha pasado ese tiempo ya no podremos ser condenados por un delito de Quebrantamiento de Condena.

Incumplir una Orden de Alejamiento, ¿es Quebrantamiento de Condena?

Sí, incumplir una orden de alejamiento se considera un delito de Quebrantamiento de Condena, ya que la orden de alejamiento es una medida cautelar o una condena previamente notificada que debe ser respetada.

El acuerdo entre las dos partes para no respetar una Orden de Alejamiento ¿hace que deje ser un delito de Quebrantamiento de Condena?

No, el acuerdo entre las partes para no respetar una orden de alejamiento no hace que deje de ser un delito de Quebrantamiento de Condena. La orden de alejamiento es una medida cautelar o una condena previamente notificada que debe ser respetada, y su incumplimiento puede ser sancionado como un delito. Por lo tanto, incluso si las partes llegan a un acuerdo para no respetar la orden de alejamiento, seguirá siendo una infracción penal y el infractor podrá ser detenido por ello.

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