Patria Potestad, ¿Qué necesitas saber?

¿Quieres saber más acerca de la patria potestad? En este artículo te lo contamos todo. Abogados Especializados en Derecho de Familia.

La patria potestad es un término legal que se refiere a los derechos y responsabilidades de los padres sobre sus hijos menores de edad. La patria potestad está regulada por el Código Civil. En este artículo, te explicaremos brevemente qué es la patria potestad, sus aspectos legales y los derechos y responsabilidades de los padres.

¿Qué es la Patria Potestad?

La Patria Potestad está regulada fundamentalmente por el Código Civil español. El Código Civil establece que la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores, salvo que se haya establecido lo contrario por resolución judicial.

El Código Civil también establece que la patria potestad se extingue en los siguientes casos:

  1. Por la muerte o declaración de fallecimiento de los padres o del hijo.
  2. Por la emancipación del hijo.
  3. Por la adopción del hijo.

Derechos y responsabilidades de los padres en la patria potestad

Los padres tienen una serie de derechos y responsabilidades en el ejercicio de la patria potestad. Estos incluyen:

  1. Derecho y deber de a tomar decisiones sobre la vida del menor: Los padres tienen la responsabilidad de tomar decisiones importantes en la vida del menor, como su educación, su salud y su bienestar.
  2. Obligación de proveer al menor: Los padres tienen la obligación de proveer al menor con los recursos necesarios para su desarrollo, incluyendo la alimentación, el vestido y la vivienda.
  3. Deber de apoyar al menor: los padres deben garantizar que el menor cuenta con el apoyo necesario para desarrollarse como persona.
  4. Obligación de proteger al menor: Los padres tienen la obligación de proteger al menor de cualquier tipo de abuso o negligencia.
  5. Deber de administrar los bienes del menor.
  6. Deber de representar al menor legalmente: Los padres tienen el derecho de representar legalmente al menor en cualquier asunto con trascendencia jurídica.

En general, la patria potestad implica una gran responsabilidad por parte de los padres, ya que deben tomar decisiones importantes en la vida del menor y garantizar su bienestar y seguridad.

La patria potestad en casos de separación o divorcio

En caso de separación o divorcio, la patria potestad sigue siendo ejercida conjuntamente por ambos progenitores, salvo que se haya establecido lo contrario por resolución judicial.

Sin embargo, que Patria Potestad suela ser compartida esta no afecta a otros temas como la custodia, el régimen de visitas, la pensión alimenticia y la contribución económica a los gastos extraordinarios del menor.

¿Qué es la custodia?

La custodia se refiere a la responsabilidad de cuidar y educar al menor en su día a día. En España, existen, fundamentalmente, dos tipos de custodia: la custodia compartida y la custodia exclusiva. La custodia compartida implica que ambos progenitores se hacen cargo del menor de manera equitativa en cuanto al tiempo y las responsabilidades. La custodia exclusiva, por otro lado, implica que uno de los progenitores se hace cargo del menor de manera exclusiva, mientras que el otro progenitor tiene derecho a visitas regulares.

¿Qué es el régimen de visitas?

El régimen de visitas es el conjunto de normas que establecen cuándo y cómo el progenitor que no tiene la custodia puede visitar al menor. En general, se suele establecer un régimen de visitas que permite al progenitor no custodio ver al menor durante fines de semana alternos, días festivos y vacaciones.

¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión alimenticia es una cantidad de dinero que el progenitor no custodio debe pagar al otro progenitor para contribuir a los gastos ordinarios del menor, como la alimentación, la ropa y el alojamiento. La cantidad de la pensión alimenticia depende de diversos factores, como la situación económica de cada progenitor y las necesidades del menor.

¿Qué son los gastos extraordinarios?

Los gastos extraordinarios, por otro lado, son aquellos que no están incluidos en la pensión alimenticia que se paga mensualmente y que surgen de manera esporádica, como los gastos médicos no cubiertos por la seguridad social, los viajes escolares o las clases particulares. En general, estos gastos se dividen equitativamente entre ambos progenitores.

Relación de la Patria Potestad con todos conceptos anteriores.

Todo lo comentado anteriormente -gastos extraordinarios, pensión de alimentos, régimen de visitas o custodia- es independiente de la Patria Potestad ya que aunque el reparto de gastos o de tiempo con el menor no sea a partes iguales entre los cónyuges la Patria Potestad, por norma general, es compartida al 50% por ambos progenitores.

¿Se puede perder la Patria Potestad?

La respuesta es que sí, un progenitor puede verse privado de ello.

Aunque hay que matizar que esto solo ocurre en los casos más graves y se da cuando uno de los padres incumple los deberes más básicos propios que, como se han mencionado anteriormente, en este blog son:

  1. Derecho y deber de a tomar decisiones sobre la vida del menor.
  2. Obligación de apoyar al menor.
  3. Deber de proteger al menor.
  4. Obligación de administrar los bienes del menor.
  5. Obligación de representar al menor legalmente.

Privación Patria Potestad y Pensión de Alimentos, ¿hay que seguir pagándola?

Sí, aunque te veas privado de la patria potestad estás obligado a seguir abonando la pensión de alimentos para tus hijos pese a que ya no tengas ninguna facultad de decisión sobre su vida.

Abogado para Patria Potestad. ¿Qué podemos hacer por ti?

Si creemos que el otro progenitor debe ser privado de la Patria Potestad o si nos demandan a nosotros pidiendo que se nos prive de ello estamos ante uno de los supuestos más graves que se pueden dar en relación con los menores -excluyendo el ámbito penal, por supuesto-, por eso es necesario que te asesores con un abogado especialista que haya hecho otros pleitos de este estilo para tener el mejor resultado posible y que el intento no se vuelva en tu contra.

En DUX ABOGADOS hemos participado en numerosos procedimientos en los que se ponía en tela de juicio la idoneidad de uno de los progenitores para ostentar la Patria Potestad habiendo tenido éxito en ellos, por lo que ponemos a vuestra disposición nuestra experiencia para acompañaros en este difícil procedimiento, haceros un estudio preliminar muy detallado a fin de preparar bien el pleito y tener éxito en el juicio.

No dudes en contactarnos en info@duxabogados.com o por teléfono o whatsapp al 664 63 52 41.

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