¿Quieres saber cómo inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad? En este artículo te lo explicamos. ¿Necesitas asesoramiento? Contáctanos.
Al realizar la firma de la compraventa ante Notario, no se acaban los trámites ya que, si bien no es obligatorio, sí que es muy aconsejable inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad a fin de conseguir tener la garantía del Registro de la Propiedad de que la vivienda es propiedad del comprador y conocer exactamente las cargas y gravámenes que pesan sobre el inmueble.
Esto también es aplicable sobre cualquier otro derecho o gravamen que pese sobre un inmueble, ya que aparecer en el Registro, ya sea como derecho (propiedad, servidumbre, etc.) o como carga (reconocimiento de deudas, etc.) da todas las garantías frente a terceros.
¿Es obligatorio inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad?
La inscripción en el Registro de la Propiedad es voluntaria y, por ello, es posible ser propietario del inmueble pese a no ser el propietario que consta en el Registro de la Propiedad.
Sin embargo, es muy recomendable realizar la inscripción ya que la inscripción en el Registro garantiza al comprador:
- Ser considerado como único y verdadero propietario mientras no se declare lo contrario en sentencia judicial.
- Protección frente a los acreedores del vendedor. Si el vendedor tiene o contrae deudas que no paga, los acreedores embargarán sus bienes, entre ellos los que consten en el Registro de la Propiedad, aunque su titular real sea otro, por lo que, el comprador que no haya inscrito su derecho o escritura se verá inmerso en un proceso indeseado y costoso.
- Será protegido judicialmente en caso de que, por otros, sea discutido su derecho de propiedad o se perturbe su posesión o derecho de ocupación.
- Inscrito el derecho de propiedad, nadie podrá adquirir con eficacia ningún derecho sobre el mismo sin el consentimiento del propietario,
Documentos necesarios para inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad
Para inscribir una compraventa en el Registro de la Propiedad es necesario presentar una copia autorizada ante notario de la escritura pública de venta, el impreso de autoliquidación que justifique el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y la justificación de haber presentado el documento para el pago de la plusvalía municipal.
¿Cómo inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad?
La presentación de los documentos antes descritos se puede hacer de forma telemática o presencial ante la oficina del Registro competente en función de la ubicación de la vivienda.
Una vez presentada la documentación el Registrador comprobará que el contrato se ha celebrado con todos los requisitos que establece la ley para que tenga plena eficacia y pueda acceder al Registro el derecho de propiedad del comprador.
Si entiende que el documento tiene algún defecto que impide su inscripción lo notificará de forma fehaciente para que se subsane y, en caso de que el interesado no esté de acuerdo con la calificación del registrador, se solicite la revisión de la calificación por los procedimientos que determina la ley.
Después de realizar la inscripción en el Registro, el Registrador comunica al Catastro el cambio de titularidad de la vivienda.
Por último, destacar que una vez inscrito el derecho no es necesario renovarlo ni volver a abonar cantidad alguna por el mantenimiento de la protección registral.
Plazos para inscribir una Vivienda en el Registro de la Propiedad
El comprador no está sometido a ningún plazo para presentar los documentos solicitando la inscripción en el Registro de la Propiedad.
¿Cuánto se tarda en Inscribir una Vivienda en el Registro de la Propiedad?
Como regla general el plazo para despachar cualquier documento presentado en el Registro de la Propiedad es de quince días hábiles a contar desde su presentación, si al tiempo de dicha presentación se acredita el cumplimiento de todos los requisitos legales exigidos incluida la previa liquidación y pago de los impuestos devengados, o desde estas últimas acreditaciones, si se producen en un momento posterior.
Abogados especializados en Registros de la Propiedad
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