En la mayoría de casos de divorcio las partes se encuentran con esta pregunta, ¿cuál es la diferencia entre separarse y divorciarse? A priori puede parecer una pregunta con poca importancia ya que en el momento en el que se deja una relación para todos hay cosas mucho más importantes que analizar las diferencias jurídicas de dos palabras.
Sin embargo, cada una de estas dos figuras distintas tiene consecuencias totalmente distintas y, por ello, es aconsejable saber las distintas implicaciones jurídicas que tienen.
¿Qué significa separarse?
Separarse implica el cese de la convivencia y la vida en común de los cónyuges.
Tras este cese de la convivencia, las futuras relaciones entre los cónyuges quedarán recogidas en la sentencia o escritura pública -dependiendo de si se tramita ante el Juzgado o un Notario-.
Desde la separación cada cónyuge hará su vida de forma totalmente independiente del otro con la única salvedad de que, a diferencia del divorcio, no podrá volver a contraer matrimonio.
En el caso de que se produzca una reconciliación esta deberá acreditarse judicialmente o mediante escritura pública para dejar sin efectos las medidas establecidas.
¿Qué significa divorciarse?
Las medidas respecto a la guarda y custodia de los hijos, régimen de visitas, pensiones de alimentos, patria potestad, vivienda conyugal,… son idénticas a las de la separación, siendo la posibilidad de volver a casarse la diferencia más sustancial entre ambas posibilidades.
El nuevo matrimonio se podrá realizar siempre civilmente. Si la voluntad de una parte es volverse a casar por la Iglesia habría que solicitar la nulidad eclesiástica según las normas impuestas por cada religión.
Principal diferencia entre la separación y el divorcio
La diferencia entre separarse y divorciarse es que la separación no extingue el vínculo matrimonial y el divorcio sí. Por lo que tras la separación cualquier miembro de la pareja no podrá volver a casarse mientras que con el divorcio sí que podrá.
Además, la separación puede ser de hecho, esto significa que no se ha pasado por los tribunales para formalizar esa nueva realidad y a todos los efectos sigue existiendo el matrimonio, por lo que el régimen económico matrimonial no se disolverá hasta que se realicen los trámites para obtener una separación legal o divorcio.
Sin embargo, esta separación de hecho sí que impide cobrar una pensión de viudedad -salvo determinados supuestos- y el usufructo reconocido para el cónyuge en caso de fallecimiento como herencia.
En términos legales, ¿Qué supone la interrupción del matrimonio?
La interrupción del matrimonio tras separación legal, divorcio o nulidad del matrimonio supone el cese de la convivencia y de la vida en común de las partes, pasando a vivir de forma independiente el uno del otro, por lo que se pierde cualquier derecho que se tenga relacionado con el matrimonio como puede ser el usufructo reconocido para el cónyuge superviviente o la pensión de viudedad (salvo que concurran determinados supuestos en los que sí se tendría derecho).
Además, tras la interrupción del matrimonio la relación entre la pareja estará regida por una serie de normas que se establecen o de mutuo acuerdo o tras sentencia judicial.
Te asesoramos en Derecho de Familia
En DUX ABOGADOS sabemos que el momento en el que se rompe una relación de pareja abre un período de incertidumbre tanto personal como económicamente por lo que ponemos a disposición del cliente todos los medios necesarios para realizar cualquier procedimiento de esta materia de la forma más rápida posible garantizando siempre que tus intereses estén cubiertos.